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Glosario del IEP

Padre sustituto

Una persona designada para tomar decisiones de educación especial cuando no hay padre o tutor disponible — para que cada niño tenga una voz en la mesa.

La ley de educación especial da a los padres un poder real — pero algunos niños no tienen un padre disponible para usarlo. Un padre sustituto es una persona designada para asumir ese papel en las decisiones de educación especial cuando los padres del niño no pueden ser identificados o localizados, o cuando el niño está bajo tutela del estado. Muchos niños en hogares de crianza están representados de esta manera.

El sustituto tiene los mismos derechos de educación especial que tendría un padre: dar consentimiento para evaluaciones, participar en las reuniones del IEP como miembro pleno del equipo, revisar los expedientes y estar en desacuerdo con la escuela cuando haga falta. Es importante que el sustituto sea independiente — alguien que no sea empleado de una agencia involucrada en la educación o el cuidado del niño, para que su único interés sea el niño.

Si usted es padre de crianza, cuidador familiar o mentor de un niño que parece no tener a nadie que hable por él en el proceso del IEP, pregunte al distrito escolar cómo se designan los padres sustitutos en su área. En muchas situaciones un padre de crianza puede actuar directamente como el padre. Los procedimientos exactos varían según el estado, pero el principio no: ningún niño debería pasar por la educación especial con una silla vacía donde corresponde un defensor.

Información general y preparación de documentos — no es asesoría legal.

Deje de traducir la jerga en soledad

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